El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 31 de julio de 2026, la Ley 2/2026, de 29 de julio, que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª. Estas disposiciones establecen el régimen aplicable a las mutualidades de previsión social que actúan como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
La publicación culmina la tramitación de la conocida como pasarela al RETA, que permitirá a determinados profesionales mutualistas incorporarse voluntariamente al sistema público y trasladar los fondos acumulados en sus mutualidades, de acuerdo con las condiciones establecidas en la norma y en su posterior desarrollo reglamentario.
La aprobación de esta ley constituye un avance largamente reclamado por la abogacía y por otros colectivos profesionales afectados, aunque la regulación finalmente aprobada no incluye a las personas que ya se encuentran jubiladas.
