El Congreso aprueba definitivamente la Pasarela al RETA tras años de reivindicaciones de los mutualistas

La norma permitirá a miles de profesionales trasladar voluntariamente al sistema público los derechos económicos acumulados en las mutualidades, aunque deja fuera a quienes ya tienen la condición de pensionistas.

El Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente este jueves, 23 de julio de 2026, la reforma de la Ley General de la Seguridad Social que regula la denominada Pasarela al RETA, una medida largamente reivindicada por abogados/as, procuradores/as y otros/as profesionales adscritos a mutualidades alternativas.

La aprobación culmina una tramitación parlamentaria iniciada en 2024 y abre la posibilidad de que miles de mutualistas puedan transferir voluntariamente a la Tesorería General de la Seguridad Social los derechos económicos acumulados durante su permanencia en estas entidades.

La transferencia supondrá la incorporación obligatoria e irreversible al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para la actividad profesional que dio origen a las aportaciones. Los interesados dispondrán de un plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento para solicitar individualmente su acceso a la pasarela.

El desarrollo reglamentario será determinante

La aprobación parlamentaria no implica que el procedimiento pueda iniciarse de manera inmediata. El Gobierno dispone ahora de un plazo máximo de tres meses para desarrollar reglamentariamente la norma y concretar las condiciones de acceso, el procedimiento de transferencia y la conversión de los fondos acumulados en periodos reconocidos de cotización al RETA.

Con carácter general, para realizar esta conversión se tomará como referencia la base mínima de cotización que habría correspondido al profesional en el RETA, aplicándole un coeficiente de mejora situado entre el 0,67 y el 0,87, destinado a tener en cuenta las diferencias existentes entre las contingencias cubiertas por ambos sistemas.

La norma contempla un tratamiento más favorable para quienes hayan cumplido 52 años o más a 31 de diciembre de 2026. En estos casos, cada mes completo de alta y cotización en la mutualidad alternativa podrá computarse como un mes completo de alta en el RETA, a los efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora de su futura pensión de jubilación. También se reconoce de forma específica el tiempo durante el cual determinados profesionales estuvieron obligatoriamente integrados en mutualidades sustitutivas antes de que estas pasaran a ser alternativas.

La transferencia de los derechos económicos estará exenta de tributación por las operaciones derivadas de este proceso.

Los/as mutualistas jubilados/as quedan excluidos

Uno de los aspectos más controvertidos del texto aprobado es la exclusión de quienes ya tengan la condición de pensionistas de un régimen público o de la propia mutualidad alternativa. La única excepción prevista afecta a las personas que perciban una pensión de viudedad.

Esta limitación deja fuera a algunos de los profesionales que se encuentran en una situación económica más vulnerable después de haber cotizado durante décadas y percibir actualmente prestaciones que, en algunos casos, apenas alcanzan los 400 o 600 euros mensuales. Asociaciones y colectivos mutualistas consideran, por ello, que la aprobación constituye un avance importante, pero no una solución completa.

La ley representa un paso fundamental después de tres años de diálogo institucional y reivindicaciones, aunque el texto no incorpora todas las demandas planteadas por la profesión. El desarrollo reglamentario será ahora decisivo para garantizar seguridad jurídica, flexibilidad y una respuesta adecuada a las distintas situaciones personales y profesionales.

Un punto de partida, no el final de las reivindicaciones

Además de regular la Pasarela al RETA, la reforma introduce nuevas obligaciones de transparencia para las mutualidades, que deberán informar periódicamente sobre la evolución de los fondos y facilitar la documentación necesaria para reforzar su supervisión y control.

También establece una equiparación progresiva de las aportaciones realizadas a las mutualidades alternativas con las cuotas del RETA. Estas aportaciones alcanzarán el 86 % en 2026, el 93 % en 2027 y el 100 % en 2028. El Gobierno deberá, asimismo, elaborar antes del 31 de diciembre de 2030 un informe sobre el funcionamiento del régimen de alternatividad y su posible mantenimiento o reforma.

La aprobación definitiva de la Pasarela al RETA constituye un hito histórico conseguido gracias a la movilización sostenida de miles de mutualistas, entre los que se encuentran muchos/as colegiados/as de este ICA.

Sin embargo, el proceso no termina con la votación celebrada en el Congreso. La atención se centra ahora en la publicación de la ley, su desarrollo reglamentario y la búsqueda de una solución para quienes continúan excluidos, especialmente los mutualistas ya jubilados que perciben prestaciones insuficientes tras toda una vida de ejercicio profesional.

También te puede interesar...

Artículos populares

es_ESSpanish