El Juzgado de lo Social número 1 de Ourense concluye que no existe tratamiento discriminatorio hacia los trabajadores y las trabajadoras y que las medidas adoptadas por el Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense no suponen ninguna vulneración sustancial de sus condiciones laborales.
La Junta de Gobierno manifiesta su máximo respeto a las decisiones judiciales y reafirma su compromiso con el estricto cumplimiento de la normativa laboral y la protección de los derechos de todos y de todas, y asegura que “con todos los trabajadores y todas las trabajadoras de la institución se tiene un trato profesional y correcto.”
En el procedimiento en elque se reclamaba por la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y por la supresión de un complemento salarial, la sentencia confirma que no hay ninguna modificación sustancial de las condiciones de trabajo ni la eliminación de una condición más beneficiosa consolidada, ratificando así la correcta actuación del Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense en este asunto.
En otro litigio, referente a la impugnación de una sanción disciplinaria, la sentencia ha estimado la demanda, declarando la nulidad de la sanción de suspensión de empleo y sueldo. La fundamentación de la nulidad reside en la infracción del principio de legalidad, al considerar el juzgador que “aún cuando se consideran ciertos los hechos que pudieran deducirse del expediente informativo previo”, la única sanción legalmente aplicable dada su gravedad era el despido disciplinario. Según el fallo, la imposición de una sanción inferior —la suspensión de empleo y sueldo— no se ajusta a la tipificación que la normativa laboral establece para incumplimientos de dicha magnitud.
En este caso, la decisión de imponer una sanción menor al despido se adoptó por consideración a la antigüedad de la trabajadora. El Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense continúa comprometido con una gestión rigurosa y profesional de sus recursos humanos, garantizando en todo momento un entorno de trabajo respetuoso y el cumplimiento escrupuloso de la legislación vigente. “Lo único que se le pide a los trabajadores y trabajadoras del Colexio es que realicen su trabajo adecuadamente”.
