De conformidad con el artículo 7º, primer párrafo (Estatuto General de la Abogacía Española)

El título oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de la Abogacía y la incorporación al Colegio del domicilio profesional, único o principal, serán requisitos imprescindibles para ejercer la Abogacía. Se presumirá como domicilio principal aquel en el que se encuentre el despacho profesional principal o único en territorio español o, en su defecto, el domicilio personal en España. La colegiación como ejerciente habilita para ejercer en todo el territorio del Estado.

Conforme al artículo 15º (Estatuto del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense)

Para pertenecer al Colegio de la Abogacía de Ourense será necesario cumplir con los requisitos exigidos por la legislación estatal y, si procede, por la autonómica, por el Estatuto General de la Abogacía Española y demás normas aplicables; solicitar la incorporación al Colegio y abonar los derechos de incorporación establecidos.

La incorporación de nuevos/as colegiados/as se realizará a través del servicio administrativo de la secretaría del Colegio, situada en la sede central del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense (Rúa Concello, 22), donde se atienden las solicitudes de nuevas incorporaciones (tanto ejercientes como no ejercientes), así como las incorporaciones de colegiados/as procedentes de otros países de la UE y de países extracomunitarios.

Horario de atención:

  • Invierno: de 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 19:30 (lunes a viernes)
  • Verano: de 9:00 a 13:30 (lunes a viernes)

Departamento de altas colegiales:
Juan Luis Álvarez Soto
Tlf: 988.210.076
Correo: secretaria@icaourense.gal


ALTA COMO EJERCIENTE

1. Solicitud escrita dirigida a la Excma. Sra. Decana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense, que deberá incluir:

1.1. Si se solicita el alta como ejerciente o no ejerciente.
1.2. Si pertenece o ha pertenecido a otros Colegios de la Abogacía, indicando los períodos correspondientes.
1.3. Declaración responsable de la inexistencia de causas de incompatibilidad según el Estatuto General de la Abogacía.
1.4. Hoja cumplimentada con los datos personales del solicitante.


2. Documentación requerida:

2.1. Título de Licenciatura o Grado en Derecho.
A) Título profesional de Abogado/a regulado en la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
B) Para licenciados/as en Derecho con posterioridad al 31 de octubre de 2011:

  • B.a) Título de licenciatura con mención expresa de la fecha de finalización de estudios.
  • B.b) Si no se dispone aún del título, se puede presentar una certificación académica con la fecha de finalización y justificante del pago para su expedición.

Nota: La documentación debe presentarse original o compulsada notarialmente.

  1. Certificado de antecedentes penales (a través del Registro Civil o la web: www.mjusticia.gob.es).
  2. Alta en el RETA (Régimen de Autónomos) o en la Mutualidad de la Abogacía Española o

Si se elige RETA, esta elección es irreversible. Si se trabaja por cuenta ajena, debe presentarse un certificado de la empresa acreditando la contratación como abogado/a con dedicación exclusiva y el número de afiliación a la Seguridad Social.

  1. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  2. Certificado del Consejo General de la Abogacía Española sobre los antecedentes del solicitante.

Puede solicitarse a través del Colegio tras el pago de 165,95 € en la cuenta bancaria que debe solicitarse al Colegio.

  1. Declaración jurada sobre si ejerce o no funciones en la Administración. Si las ejerce, debe indicar la naturaleza, categoría y aportar certificación de no incurrir en incompatibilidad.
  2. Dos fotografías tamaño carné.
  3. Pago de 400 € en concepto de derechos de incorporación.
  4. Seguro de Responsabilidad Civil (obligatorio).

Desde la fecha de incorporación hasta abril, está cubierto gratuitamente. A partir de abril, se gira la prima anual (abril a abril) en la cuenta facilitada.


ALTA COMO NO EJERCIENTE

Se presentará la misma documentación que para ejerciente, con las siguientes excepciones:

  • Punto 1: No es necesario completar los apartados 1.2 y 1.3
  • Punto 4: Opcional
  • Punto 5: Exento
  • Punto 6: El certificado del CGAE cuesta 101,58 €
  • Punto 7: Exento
  • Punto 9: Los derechos de incorporación son de 275 €
  • Punto 10: Exento

CAMBIO DE NO EJERCIENTE A EJERCIENTE

Si ya han sido ejercientes en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense, deberán acreditar:

  • Alta en el IAE
  • Alta en el RETA o Mutualidad de la Abogacía
  • Certificado de carecer de antecedentes penales
  • Certificado del Consejo General de la Abogacía Española

FORMA DE PAGO

Puede ponerse en contacto con el Colegio a través del correo secretaria@icaourense.gal para informarse de los datos bancarios para proceder al pago.


LETRADOS/AS PROCEDENTES DE OTROS COLEGIOS

  1. Solicitud escrita dirigida a la Excma. Sra. Decana solicitando el alta.
  2. Certificación del Colegio de origen indicando fecha de incorporación y cambios de situación colegial. Si proviene de fuera de Galicia, debe acreditar el importe abonado como derechos de incorporación.
  3. Certificado del Consejo General de la Abogacía.
  4. Hoja con datos personales y bancarios para domiciliación de cuotas.
  5. Justificante de estar dado de alta en el RETA o en la Mutualidad

Si es ejerciente por cuenta ajena, certificado de empresa acreditando contratación exclusiva como abogado/a e indicando el número de afiliación a la Seguridad Social.

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