Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense acogió la tarde del lunes 10 de marzo el Encuentro de Divulgación y Coloquio sobre el Estatuto Profesional del Turno de Oficio, organizado por la plataforma Marea Negra Galicia y el sindicato Venia. Durante el encuentro, se hizo un repaso del origen histórico de la justicia gratuita, un servicio público que ejercía la defensa de los pobres. Quienes la ejercían ostentaban un cargo , recibiendo una remuneración proveniente de los fondos públicos.
Actualmente, la justicia gratuita es un derecho fundamental recogido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en la Constitución Española y desarrollado en la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita. Se trata de un servicio público, obligatorio en su prestación, cuyo titular es la Administración y cuya gestión corresponde a los colegios profesionales, que son corporaciones de derecho público. Este servicio es prestado por los profesionales de la abogacía y la procura, con derechos laborales y sujetos al mandato directo de los colegios profesionales.
Durante la presentación, se ofrecieron datos comparativos sobre cómo se presta este servicio en otros países, como Alemania o Francia. La justicia gratuita española está muy bien valorada por los ciudadanos y muy bien considerada en el entorno europeo y mundial. “Tenemos un sistema de justicia gratuita excelente que cuenta con los profesionales más cualificados y preparados de Europa, no puede ser que nuestras condiciones no tengan una regulación jurídica específica para la situación en la que nos encontramos, de obligatoriedad de prestación del servicio y precariedad», explicó Aline Castro, abogada, delegada del Sindicato Venia y representante de Marea Negra en Ourense, durante su intervención.
“Esta situación no puede continuar así por muchos motivos, entre ellos porque supone el incumplimiento del principio de igualdad y no discriminación, que debe presidir el mundo de las relaciones laborales, que, además, no prohíbe la existencia de relaciones laborales de carácter especial. El trabajo de los abogados y procuradores del turno de oficio tiene unas peculiaridades que justifican la necesidad de una regulación específica.”
El Sindicato Venia defiende la relación que une al abogado y el procurador adscritos al servicio público de turno de oficio con el titular del servicio es una relación laboral de carácter especial, con notas de ajenidad y dependencia. “Los abogados y procuradores del servicio público de turno de oficio deben tener los derechos laborales básicos en igualdad a cualquier otro trabajador, reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores, con sus obligaciones y deberes laborales. “
Por todo ello, desde plataforma Marea Negra y sindicato Venia proponen un Estatuto Profesional de Turno de Oficio en el que se hace referencia, entre otras cuestiones, a la estructura retributiva, en la que se estipula que “las retribuciones estarán compuestas por el salario de unidad de obra y los complementos salariales que se establezcan al efectos, incluyendo como mínimo: especialización, antigüedad, nocturnidad, disponibilidad y gratificaciones extraordinarias. Las retribuciones serán satisfechas con carácter general en períodos mensuales, efectuándose el pago, también con carácter general, al mes siguiente de su devengo.” Además, se establece los baremos se actualizarán anualmente de forma automática publicándose, por parte de las administraciones, a principios el año natural una tabla con el incremento experimentado.
En relación a los derechos en materia de Seguridad Social, la propuesta de Estatuto Profesional de Turno de Oficio estipula que “los abogados y procuradores del servicio público de Turno de Oficio tendrán derecho a la asistencia médica y farmacéutica con las mimas prestaciones y condiciones que cualquier trabajador adscrito al INSS y a la TGSS; y tendrán derecho a la cotización correspondiente a la Seguridad Social por su trabajo”.
Se establece, también, que “deberá negociarse un régimen específico de carácter temporal transitorio para la regulación de este derecho junto con sus prestaciones para aquellos abogados y procuradores que estuvieran adscritos al turno de oficio antes de la entrada en vigor de este Estatuto.”
Este ha sido el primero de los encuentros que se celebrarán en otros colegios de abogados.
